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Recomendaciones para Ascender al Volcán Copahue

Las personas que ascienden deberán respetar las medidas de seguridad que se detallan a continuación, a fin de minimizar la posibilidad de accidentes. 

  • Se recomienda realizar el ascenso con agencias de viaje y/o prestadores de actividades turísticas habilitados (*1). En el caso de las personas y/o grupos de personas que asciendan por cuenta propia, deberán respetar las mismas medidas de seguridad detalladas en esta norma legal. 
  • Respetar las recomendaciones de SEGEMAR (*2), respecto a la restricción de acceso al cráter, de acuerdo con el nivel de alerta vigente al día del ascenso. 
  • Además, el prestador y/o grupo de personas que ascienden por cuenta propia, deberán evaluar al momento de ascender al volcán, según las condiciones del tiempo
  • Realizar el registro obligatorio y deslinde de responsabilidades. Este registro es obligatorio para todas las personas que ascienden: guías, visitantes, residentes e investigadores. REGISTRRASE
  • El prestador deberá informar a los visitantes que ascienden al volcán, sobre los riesgos a los cuales se expone. 
  • Las personas menores de edad, que suben sin sus padres, deberán contar con una autorización escrita de los padres o tutores. 
  • Se establece como ruta principal de ascenso la que ingresa a las proximidades del cráter desde la margen Sur de la Laguna Melliza Inferior, y que pasa por la zona denominada “el caracol”. En caso de que los vientos predominantes dispersen las emanaciones de cenizas del volcán hacia este sector, se podrá utilizar la ruta que accede al volcán desde el norte (iniciando el recorrido en la margen sur de la Laguna Melliza Inferior, o en la localidad de Copahue).
  • Las personas que realicen el ascenso deberán llevar ropa de abrigo, botas de trekking, casco, agua potable, comida, protector solar, bastones, barbijo, antiparras (o anteojos de montaña), y radio VHF (la frecuencia de emergencias de Bomberos Voluntarios es 148.715 celular guardia: 2942 667487) meteorológico y la orientación de las emanaciones del volcán, las posibilidades de ascenso y de acercamiento al cráter. 
  • En el caso de que en el pronóstico meteorológico para Caviahue se prevean vientos superiores a 30 km/hora, se deberá suspender el ascenso. 
  • El prestador podrá guiar un grupo de diez (10) personas como máximo. 
  • Los prestadores habilitados y/o agencias de viajes podrán realizar un máximo de una (1) salida diaria.
  • El horario límite diario de ingreso al sendero, o último ingreso permitido, será las diez horas (10:00 hs.), asegurándose, de esta manera, el retorno de los excursionistas antes de las dieciocho horas (18:00 hs.) y posibilitando las condiciones de visibilidad necesarias para facilitar una eventual búsqueda o rescate. Cada grupo deberá dejar un espacio de tiempo de 15 minutos, desde la salida del grupo anterior. 
  • Se prohíbe bajar hasta la laguna del cráter del volcán Copahue por las emisiones de gases (excepto por cuestiones de investigación) y se prohíbe bañarse y/o realizar cualquier otra actividad dentro de la laguna del cráter. 
  • En caso de controles de ascenso al volcán, realizados por el cuerpo de guardaparques del ANP Copahue, que podrán realizarse en forma conjunta con Gendarmería, Policía y/o Bomberos, podrán prohibir el ascenso en caso de que los grupos no cumplan con los requisitos mencionados en esa Resolución. 
  • Las medidas de seguridad que se describen en la presente norma legal, corresponden exclusivamente a la actividad de trekking, que se podrá realizar siempre y cuando las condiciones del tiempo atmosférico lo permitan. Las actividades invernales de ascenso al volcán deberán contar con previa autorización de la Autoridad de aplicación quien definirá la aprobación o no del recorrido. 
  • Toda persona que ascienda al volcán deberá:
  1. a) regresar y dar destino apropiado a todos los residuos generados durante el desarrollo de la actividad,
  2. b) No prender fuego,
  3. c) Circular por el sendero habilitado,
  4. d) No circular sobre mallines,
  5. e) Proteger la flora y la fauna,
  6. f) Evitar la erosión del terreno,
  7. g) No hacer ruidos molestos. 
  • (*1) En el caso de que el prestador cuente con guías auxiliares o asistentes, los mismos deben estar habilitados como prestadores de trekking también. 
  • (*2) El SEGEMAR, a través del Observatorio Argentino de Vigilancia Volcánica (OAVV), es el responsable del estudio y monitoreo de los volcanes de nuestro país, emitiendo los alertas técnicas y las recomendaciones. En https://oavv.segemar.gob.ar/monitoreo-volcanico/copahue/ se publican los reportes sobre el volcán Copahue.

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