ANP Copahue
Reserva Provincial Copahue La Reserva Provincial Copahue, situada en el centro-oeste de Neuquén, abarca 28,500 hectáreas con un paisaje volcánico y glaciario. Destaca por sus bosques de araucarias y especies endémicas. Su fauna incluye cóndores, pumas y especies raras como el tuco tuco del Maule. Ofrece actividades turísticas como termas, trekking, esquí y excursiones al cráter del volcán Copahue. La reserva tiene dos centros de servicios en Caviahue y Copahue, con alojamiento y gastronomía.
Las personas que ascienden al Volcán Copahue deberán respetar las medidas de seguridad
que se detallan a continuación, a fin de minimizar la posibilidad de accidentes:
1- Se recomienda realizar el ascenso con agencias de viaje y/o prestadores de actividades
turísticas habilitados. En el caso de las personas y/o grupos de personas que asciendan por
cuenta propia, deberán respetar las mismas medidas de seguridad detalladas a
continuación.
2- Respetar las recomendaciones de SEGEMAR, respecto a la restricción de acceso al
cráter, de acuerdo al nivel de alerta vigente al día del ascenso.
Además, el prestador y/o grupo de personas que ascienden por cuenta propia, deberán
evaluar al momento de ascender al volcán, según las condiciones del tiempo meteorológico
y la orientación de las emanaciones del volcán, las posibilidades de ascenso y de
acercamiento al cráter.
En el caso de que en el pronóstico meteorológico para Caviahue se prevean vientos
superiores a 30 km/hora, se deberá suspender el ascenso.
3- Realizar el registro obligatorio en
www.caviahue-copahue.gob.ar/registro-volcan-copahue/. Este registro es obligatorio para
todas las personas que ascienden: guías, visitantes, residentes e investigadores.
4- Las personas menores de edad, que suben sin sus padres, deberán contar con una
autorización escrita de los padres o tutores.
5- Se establece como ruta principal de ascenso la que ingresa a las proximidades del cráter
desde la margen Sur de la Laguna Melliza Inferior, y que pasa por la zona denominada “el
caracol”. En caso de que los vientos predominantes dispersen las emanaciones de cenizas
del volcán hacia este sector, se podrá utilizar la ruta que accede al volcán desde el norte
(iniciando el recorrido en la margen sur de la Laguna Melliza Inferior, o en la localidad de
Copahue).
6- Las personas que realicen el ascenso deberán llevar ropa de abrigo, botas de trekking,
casco, agua potable, comida, protector solar, bastones, barbijo, antiparras (o anteojos de
montaña), y radio VHF (la frecuencia de emergencias de Bomberos Voluntarios es 158.715,
celular guardia: 2942 667487).
7- El prestador podrá guiar un grupo de cinco (5) personas como máximo, de acuerdo a lo
estipulado en la Reglamentación de turismo aventura (Resolución N° 138/05), del Ministerio
de Turismo.
8- Los prestadores habilitados y/o agencias de viajes podrán realizar un máximo de una (1)
salida diaria. El horario límite diario de ingreso al sendero, o último ingreso permitido, será
las diez horas (10:00 hs.), asegurándose, de esta manera, el retorno de los excursionistas
antes de las dieciocho horas (18:00 hs.) y posibilitando las condiciones de visibilidad
necesarias para facilitar una eventual búsqueda o rescate. Cada grupo deberá dejar un
espacio de tiempo de 15 minutos, desde la salida del grupo anterior.
9- Se prohíbe bajar hasta la laguna del cráter del volcán Copahue por las emisiones de
gases (excepto por cuestiones de investigación) y se prohíbe bañarse y/o realizar cualquier
otra actividad dentro de la laguna del cráter.
10- En caso de controles de ascenso al volcán, realizados por el cuerpo de guardaparques
del ANP Copahue, que podrán realizarse en forma conjunta con Gendarmería, Policía y/o
Bomberos, podrán prohibir el ascenso en caso de que los grupos no cumplan con los
requisitos mencionados en esa Resolución.
11- Las medidas de seguridad citadas, corresponden exclusivamente a la actividad de
trekking, que se podrá realizar siempre y cuando las condiciones del tiempo atmosférico lo
permitan. Las actividades invernales de ascenso al volcán deberán contar con previa
autorización de la Autoridad de aplicación quien definirá la aprobación o no del recorrido.
12- Toda persona que ascienda al volcán deberá: a) regresar y dar destino apropiado a
todos los residuos generados durante el desarrollo de la actividad, b) No prender fuego, c)
Circular por el sendero habilitado, d) No circular sobre mallines, e) Proteger la flora y la
fauna, f) Evitar la erosión del terreno, g) No hacer ruidos molestos.